Este es otro punto muy comentado, medios peruanos han señalado como una de sus fortalezas el hecho de asegurar que el tratado de 1929 define el punto concordia "peruano", como el inicio de la frontera, pero no señalan en ningunmomento los documentos en los cuales han asumido como verdadera la posición que Chile ha mantenido todos estos años, y que los peruanos recientemente intentan deconocer.
Primero, un documento binacional, el Acta del 26 de abril de 1968:
Reunidos los Representantes de Chile y del Perú, que suscriben, en la frontera chileno-peruana, acordaron elaborar el presente documento que se relaciona con la misión que les ha sido encomendada por sus respectivos Gobiernos en orden a estudiar en el terreno mismo la instalación de marcas de enfilación visibles desde el mar, que materialicen el paralelo de la frontera marítima que se origina en el Hito número uno (N°.1).
Recordemos el inciso IV de la declaración de 1952:
IV) En el caso de territorio insular, la zona de 200 millas marinas se aplicará en todo el contorno de la isla o grupo de islas. Si una isla o grupo de islas pertenecientes a uno de los países declarantes estuviere a menos de 200 millas marinas de la zona marítima general que corresponde a otro de ellos, la zona marítima de esta isla o grupo de islas quedará limitada por el paralelo del punto en que llega al mar la frontera terrestre de los Estados respectivos.
Como ven, este documento binacional, de suma importancia, reconoce la existencia de un limite marítimo, que es el paralelo que cruza el Hito 1.
Y si se analiza con detenimiento la declaración de 1952, se darán cuenta que el inicio de la frontera marítima no es el Hito 1, sino que es el punto en el cual el paralelo toca el mar (paralelo que cruza a traves del Hito 1), es decir, el punto concordia (chileno).
En segundo lugar, veremos una ley peruana, que reconoce el Hito 1 como inicio de la frontera terrestre (incluiremos solo una parte de él:
Ley Nº 27415, promulgada el 2 de febrero de 2001.
Publicada el 3 de febrero de 2001.
LEY DE DEMARCACIÓN TERRITORIAL DE LA PROVINCIA DE TACNA, DEPARTAMENTO DE TACNA
POR EL ESTE Y SUR ESTE: Limita con las Repúblicas de Bolivia y Chile.
El límite se inicia en la intersección del río Caño con el límite internacional Perú - Bolivia, continúa en dirección general Sur hasta el Hito Nº 80 -frontera Perú - Bolivia - Chile (Tripartito). De este punto el límite continúa por línea de frontera con la República de Chile desde el Hito Nº 80 hasta el Hito Nº 01 (Océano Pacífico).
POR EL SUR-OESTE: Limita con el Océano Pacífico.
El límite se inicia en el Hito Nº 01 (Océano Pacífico), continúa por la línea litoral hasta la desembocadura de la quebrada Los Mendocinos en el Océano Pacífico, en un punto de coordenada UTM 8011,4 Km N y 299,8 Km E, punto de inicio de la presente descripción.
La ley, indica claramente que es el hito 1 el que da inicio a la frontera terrestre y dado que señala entreparentesis "Oceano Pacifico" indica especificamente que este punto es el que se inicia cerca del mar (recordemos que su ubicacion es "orilla del mar").
Por supuesto que esta ley fue convenientemente modificada, claro que 7 años después.